Sanidad ordena el confinamiento perimetral de los 102 municipios de la provincia de Ciudad Real al pasar a nivel 3 durante los próximos 10 días

Así mismo ordena el cierre de bares, restaurantes, cafeterías, locales de juego y apuestas, bingos, grandes superfices comerciales, gimnasios, y adelanta el toque de queda a las 22:00 hasta las 07:00 horas del día siguiente, y ordena el confinamiento perimetral de todos y cada uno de los municipios de la provincia de Ciudad Real

Crónicas de Ciudad Real.- La Delegación Provincial de Ciudad Real de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha ha hecho público en el día de hoy a través de una resolución la adopción de medidas especiales nivel 3 en toda la provincia de Ciudad Real, afectando a los 102 pueblos que la componen, a fin de evitar el avance de la pandemia por coronavirus, ante los graves datos que se han venido dando en las últimas fechas.

De esta forma, se decreta:

  1. Aplicar en todos los municipios de la provincia de Ciudad Real las medidas de Nivel 3, reforzándolas con otras medidas adicionales.
  2. Proceder al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares, exceptuando los servicios de hostelería de hospitales y clínicas, de establecimientos hoteleros para uso de clientes, servicios en empresas y lugares de trabajo, y servicio de comedor escolar en guarderías y colegios de primaria.
    Se permitirá el reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad.
  3. Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.
  4. Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas.
  5. Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúan de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, así como el pequeño comercio.
  6. Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física.
  7. Adelantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día hasta las 07:00 horas del día siguiente.
  8. Ordenar el confinamiento perimetral de todos y cada uno de los municipios de la provincia
  9. Mantener estas medidas durante un mínimo de 10 días

Consideraciones Generales sobre Relaciones Sociales

  • Uso obligatorio de mascarillas según lo establecido en la normativa.
  • Limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia estable
  • Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas

Actuaciones sobre locales de ocio

  • Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales
  • Cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares, exceptuando los servicios de hostelería de hospitales y clínicas, de establecimientos hoteleros para uso de clientes, servicios en empresas y lugares de trabajo, y servicio de comedor escolar en guarderías y colegios de primaria.
    Se permitirá el reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad.
  • En las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características que se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones diferentes de los locales de hostelería y restauración, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.
  • Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

Centros Socio-Sanitarios

  • Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
  • Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios.
  • No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento.

Actividades Religiosas de Ámbito Social

  • Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres
  • Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

Consumo de Alcohol

  • Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública
  • El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Medidas Complementarias

  • Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas
  • Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.
  • Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
  • Las visitas guiadas a monumento y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.
  • Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50% por ciento del habitual.
  • Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.
  • Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.
  • Se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de seis personas.
  • Los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.
  • Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física.
  • Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.
  • Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad
  • Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
  • Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
  • Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúan de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos esenciales, así como el pequeño comercio.
  • Se limitará al 50% la ocupación de autobuses urbanos y taxis.
  • Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones

Resolución Delegación Provincial de Ciudad Real 13Enero2021

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