El Tribunal Superior de Castilla La Mancha exime de responsabilidad al consistorio de Puertollano del tropiezo de una mujer en la calle Via Crucis

Crónicas de Ciudad Real.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en una sentencia con fecha de 6 de junio del presente año, ha desestimado el recurso de apelación de una mujer que sufrió un esguince de rodilla a las 7:35 horas del pasado 28 de junio de 2015 al tropezar en calle Vía Crucis de Puertollano debido al levantamiento del acerado causado por las raíces de un árbol, por lo que exime de responsabilidad al Ayuntamiento de la ciudad.

El tropiezo se produjo por el desnivel generado en una de las baldosas, de más de cinco centímetros de altura. La afectada sufrió un esguince grado II de rodilla izquierda con posible afectación de ligamento lateral izquierdo, por lo que presentó una reclamación solicitando indemnización por importe total de 17.669,42 euros por los 19 puntos resultantes de las lesiones y por las secuelas, así como de 18.574,38 euros por 318 días impeditivos.

Ya en una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Ciudad Real se desestimaba el recurso interpuesto por la afectada frente al Ayuntamiento y a Allianz Seguros sin imponer las costas judiciales a ninguna de las partes. La afectada decidió entonces presentar otro recurso de apelación, esta vez ante el TSJ-CLM.

Este órgano judicial, sin embargo, considera que “el resultado lesivo producido no es imputable al funcionamiento del servicio, en tanto que la irregularidad en la que se produce la caída debe considerarse leve, y creemos que podía ser eludida con un mínimo de cuidado, de acuerdo con las circunstancias concurrentes (horas diurnas y no existencia de ningún impedimento de visibilidad)”. Así pues, se imponen las costas procesales a la parte apelante.

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